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Fase 3 ¿Qué podemos hacer?
España continúa con el plan de desescalada del confinamiento que comenzó el pasado 4 de Mayo, decretado por el gobierno para vencer el COVID19.
Este plan de desescalada consta de 4 fases, comenzando por la fase 0 y terminando en la fase 4 o también llamada “Nueva normalidad” a la que se prevé llegar a partir de finales de Junio.
Desde ayer Lunes 8 de Junio más de la mitad de España pasó a la Fase 3, lo que supone cambios con respecto a las fases anteriores como por ejemplo el aumento de aforo en lugares de culto y bares.
¿Qué puedo hacer y qué cambios trae consigo la nueva FASE 3?
Índice de Contenidos
REUNIONES Y SALIDAS A LA CALLE
Ya no hay límites de franjas horarias y se pueden hacer reuniones de hasta 20 personas.
HOSTELERÍA, BARES Y DISCOTECAS
Se permite la reapertura de todos los establecimientos de hostelería, restauración, discotecas y bares de ocio nocturno estas últimas lo harán solo para el consumo en el local y con las pistas de baile deshabilitadas.
Se permite el consumo de pie en la barra siempre que se pueda garantizar una distancia mínima entre clientes de 2 metros.
Las terrazas al aire libre aumentan su aforo hasta el 75% de las mesas permitidas con una ocupación máxima de 20 personas en toda la terraza.
BODAS, VELATORIOS Y LUGARES DE CULTO
Las bodas se celebrarán con un máximo de 150 invitados o aistentes en espacios abiertos y 75 invitados en espacios cerrados.
Los velatorios podrán celebrarse con un máximo de 50 personas si se hace al aire libre y 25 si se celebra en un espacio cerrado, en el enterramiento o despedida para cremación el número máximo de asistentes es de 50 personas.
Los lugares de culto y actos religiosos tendrán una limitación del 75% de su aforo, el número de asistentes permitidos según su capacidad deberá publicarse en un lugar visible y es obligatorio cumplir las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
EN EL TRABAJO
En el lugar de trabajo y durante la fase 3 de desescalada se establecen protocolos de reincorporación presencial usando EPIS (máscarillas, guantes, etc) y otras medidas de protección (geles hidroalcohólicos, desinfectantes, etc).
Se recomienda seguir apostando por el teletrabajo dentro de las posibilidades de cada empresa y se prescribe la distancia de seguridad de dos metros en los puestos presenciales de trabajo, evitando el uso del ascensor.
Los congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos no podrán superar los 80 asistentes.
COMERCIO Y GRANDES SUPERFICIES
Las tiendas, pequeños comercios, y comercios dentro de las grandes superficies podrán aumentar su aforo al 50% mientras que en los centros comerciales ya se pueden usar las zonas comunes y recreativas, siempre que se mantenga la distancia de seguridad de 2 metros y el aforo sea del 50%.
Los mercados al aire libre podrán contar con el 50% por ciento de sus puestos habituales o aumentar la superficie de dicho mercado para aumentar el número de puestos siempre que la distancia entre dichos puestos sea la misma y se pueda garantizar la distancia social de 2 metros entre personas. Esto se hará bajo criterio de los ayuntamientos que serán los encargados de garantizar la seguridad de los clientes.
CINES Y ESPECTÁCULOS
Los cines, teatros, auditorios, circos y espacios similares de espectáculos tendrán permitida la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y con un aforo máxio del 50% de su aforo normal autorizado.
Las salas de artes escénicas y musicales podrán reabrir con un aforo máximo de 30% de igual forma los actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados.
Los espectáculos al aire libre podrán llevarse a cabo ante un máximo de 800 espectadores, el doble de los permitidos en la Fase 2. Como condición, los asistentes deben permanecer sentados y respetando la distancia social de dos metros.
Los eventos taurinos podrán volver a celebrarse siempre que las plazas, recintos e instalaciones taurinas puedan garantizar una persona por cada 9 metros cuadrados.
MUSEOS, ARTE Y BIBLIOTECAS
En los museos y salas de exposiciones el aforo será del 50 % y las visitas podrán ser de grupos de hasta 20 personas.
En las bibliotecas podrán realizarse actividades culturales y de estudio, siempre que no se supere el 50% del aforo.
CIENCIA, INNOVACIÓN & DESARROLLO
Podrán celebrarse seminarios, congresos y ferias científicas o de innovación, siempre y cuando se respete la distancia social de más de dos metros y haya menos de 80 personas, garantizando el cumplimiento de protocolos de seguridad.
HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
Aumenta el aforo de las zonas comunes al 50% frente al 30% permitido durante la fase 2.
Las actividades de animación deberán diseñarse para un aforo máximo de 20 personas y preferentemente al aire libre.
En cuanto a los bares, restaurantes y zonas de copas, siguen las mismas normas que el sector de la restauración.
PLAYA Y OCIO AL AIRE LIBRE
Se permite el baño en la playa en condiciones de seguridad y distanciamiento.
En cuanto a los parques temáticos y de ocio al aire libre, podrán abrir con menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
Centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios abren con un aforo del 50 % y de un tercio en las atracciones y lugares cerrados.
Las actividades de tiempo libre para la población infantil y juvenil no superarán los 200 participantes al aire libre y 80 en espacios cerrados.
Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de 30 personas y se permite la realización de la actividad de guía turístico, mediante cita previa y con grupos de no más de 20 personas.
DEPORTE
Los deportistas de ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos en grupos de hasta 20 personas.
Podrán celebrarse partidos con un máximo de un tercio del aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores así como las actividades deportivas al aire libre. Se podrá ir al gimnasio con un aforo máximo de un tercio y sin utilizar los vestuarios.
Se autorizan los espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ejemplo una pista de patinaje). El público estará limitado a una persona por cada 20 m2.
JUEGOS Y APUESTAS
Los establecimientos y locales de juegos y apuestas no podrán superar el 50 % del aforo ni superar las 50 personas en total.
TRANSPORTE PÚBLICO
Se prevé el funcionamiento de todos los servicios de transporte público urbano e interurbano al 100%.
TRANSPORTE MARÍTIMO
Se elimina la limitación normativa de no embarcar pasajeros en los ferries, en función de la evolución de los parámetros sanitarios.
Se autorizan, además, las actividades náuticas de recreo.
MOVIMIENTOS ENTRE PROVINCIAS
Se permite el movimiento entre provincias y este quedará regulado por el gobierno de cada comunidad autónoma.
USO DE LA MASCARILLA
El uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio con la misma regulación y normativa vigente hasta la fecha.